La información de Calidad de Servicio que se facilita en los apartados siguientes se ha elaborado según lo establecido en la Orden IET/1090/2014, de 16 de junio, por la que se regulan las condiciones relativas a la calidad de servicio en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Es el tiempo transcurrido desde la primera comunicación del Cliente en la que Oeste acepte su solicitud de conexión a la red desde una ubicación fija, hasta el momento en que el Cliente comience a disfrutar del servicio
Las solicitudes de suministro pueden efectuarse llamando al 927 092 092 de 08:00 a 20:00 de lunes a domingo.
El tiempo máximo de suministro de la conexión se producirá por Oeste en el plazo máximo de 90 días desde el inicio de su cómputo.
Incumplimiento del máximo tiempo de suministro de la conexión comprometido por la operadora, previa solicitud telefónica del Cliente a través del Servicio de Atención al cliente. Dará lugar a abono mediante compensación en las siguientes facturas por el importe equivalente del servicio contratado durante el tiempo (en días) que exceda del plazo máximo comprometido para el alta.
Es la suma de tiempo transcurrido, a lo largo de un período de observación, desde el instante en el que se ha producido la rotura o inutilización por degradación del servicio o elemento del servicio hasta el momento en que se ha restablecido a su normal funcionamiento. Se computará teniendo en cuenta el tiempo de interrupción del servicio expresado en número entero de horas naturales acumuladas a lo largo de un período de observación, coincidente con el periodo de facturación.
Las incidencias en su suministro pueden efectuarse llamando gratuitamente al 927 092 092 de 08:00 a 20:00 de lunes a domingo.
El tiempo máximo de interrupción del servicio será de 48 horas / mes.
Incumplimiento del tiempo de interrupción del servicio, previa solicitud telefónica del Cliente a través del Servicio de Atención al cliente dentro de los 7 días naturales a contar desde la resolución de la incidencia. Dará lugar a abono mediante compensación en las siguientes facturas por el importe equivalente al número de horas de interrupción, con un importe máximo del 10% de la cuota mensual del período de facturación en que se produjo la incidencia.
Es el tiempo transcurrido desde la recepción por la operadora de la comunicación de la incidencia por el Cliente hasta la intervención para la reparación de la avería.
Las incidencias en su suministro pueden efectuarse llamando al 927 092 092 de 08:00 a 20:00 de lunes a domingo.
La cuantía máxima será de 48 horas desde la recepción de la incidencia
La información de velocidad de internet se ha elaborado siguiendo las directrices establecidas en el reglamento (UE) 2015/2120, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen las medidas en relación con el acceso a una red abierta y que modifica la Directiva 2002/22/CE.